La Base #2×66 – Infiltración policial y acusaciones de abuso sexual

Pablo Iglesias, Sara Serrano, Manu Levin e Inna Afinogenova analizan el caso de un policía que se ha infiltrado durante tres años en los movimientos sociales de Barcelona, utilizando a mujeres a las que ocultó su verdadera identidad para mantener con ellas relaciones afectivosexuales, como método para obtener información. ¿Quien ordenó infiltrar a ese policía? ¿Cómo ha conseguido La Directa destapar el caso? ¿Es la primera vez que sucede esto o hay precedentes en España y otros países? ¿La Policía tiene infiltrados en los medios de comunicación? Con la participación de David Bou, periodista de La Directa responsable de esta investigación; de la abogada Laia Serra y del periodista Miquel Ramos. Periodismo, investigación y compromiso para construir un mundo más igualitario.

Quiénes son Futuro Vegetal, el colectivo que se ha pegado al atril del Congreso

Conocidas por pegarse con pegamento a los marcos de las Majas de Goya en el Prado, al atril del Congreso de los Diputados o por bloquear el tráfico de la M-30 en Madrid. Más allá de estas polémicas acciones, el colectivo ecologista Futuro Vegetal pretende desviar las subvenciones públicas a la industria cárnica, y alertar a la sociedad española sobre la crisis climática. «La gente ya no tiene ninguna excusa para decirnos que por qué estamos en el Congreso. Estamos directamente ahí para exigírselo presencialmente al Gobierno, porque hace diez meses lo exigimos por escrito y hemos visto que no nos han hecho caso», sentencia Alba del Río, activista de Futuro Vegetal. Frente a la inacción gubernamental, Marina Serna, integrante del colectivo, advierte: «El Gobierno tiene la posibilidad de evitar que esto ocurra cumpliendo los objetivos y lo que se exige de ellos. Pero, si no lo hacen, llegaremos hasta donde haga falta llegar», concluye. Periodismo, investigación y compromiso para construir un mundo más igualitario.

Así se ha fraguado la tormenta perfecta en torno a la ley del ‘solo sí es sí’

Una de las leyes más importantes de las últimas décadas para frenar las impunidades en torno a las agresiones sexuales se ha estrellado contra una campaña de descrédito que la ha puesto en solfa. Estas son las preguntas y las respuestas fundamentales sobre una norma y el contexto que la rodea.

La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados. E.P./Carlos Luján

La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados.  Carlos Luján / EUROPA PRESS

Se trata de una de las leyes más importantes para la protección de los derechos de las mujeres de los últimos 20 años. Estaba llamada a revolucionar la forma en la que entendemos, juzgamos y reparamos a las víctimas de la violencia sexual.

Pero el debate público se ha centrado en un aspecto no calculado ni deseado de la norma que ha supuesto una tormenta perfecta mediática, política y social, que ha ocultado algunos de sus puntos principales. El constante goteo de reducciones de penas en los últimos dos meses y medio desde que entró en vigor, también ha sido un arma política arrojadiza en un año electoral.

Aquí respondemos a algunas preguntas claves sobre la norma y las claves de esta tormenta.

¿Qué aporta la ley del solo si es sí?

La norma propone un cambio de paradigma a la hora de juzgar los delitos sexuales: incluye una definición de consentimiento sexual y hace pivotar toda la norma en torno a ella. «Poner el consentimiento en el centro», tal y como lo explicaron desde el Gobierno. Este cambio supone que ya no se mirará la fuerza o la intimidación hacia la víctima o cuánto esta se resistió para evitar la agresión, sino si existía consentimiento expreso o no. La filosofía es evitar que los jueces tengan que preguntar a la víctima si «se resistió», sino si «consintió», algo que, según Igualdad frenaría el calvario judicial que sufrían muchas víctimas en los procesos judiciales.

Este cambio de esquema supone la desaparición de la figura del abuso, puesto que ahora no se trataba de decidir las penas en función de la resistencia de la víctima, sino de su consentimiento. La unión de los dos tipos penales anteriores (abuso y agresión) obligó a repensar las condenas, que ahora debían incluir algunas penas más leves de los abusos y las más duras de las agresiones. Esto hizo que las penas tuvieran una horquilla mayor.

Pero  puntos más importantes han quedado ocultos por esta tormenta perfecta en la que se ha visto envuelta la ley: propone toda una serie de medidas de prevención sobre la violencia sexual, modifica el currículum escolar, impone un sistema de reparación para las víctimas, equipara los derechos de estas con las víctimas de género al reconocerles los mismos derechos en prestaciones. Es decir, acceso a ayuda psicológica, económica y habitacional.

¿Es cierto que la ley del ‘solo sí es sí’ impone penas más bajas?

En esto hay ciertas discrepancias, dependiendo de cómo se mire la ley. El hecho de aunar dos delitos (abusos y agresiones) en uno sólo supuso que la horquilla de penas variara. Si se mira sólo este aspecto, algunas penas mínimas son más bajas que antes (para los delitos menos graves), y en algunos casos se ha rebajado en un año la pena máxima de algunos delitos.

Pero si se mira en su conjunto (es decir, no sólo los tipos básicos, sino los posibles agravantes), la ley puede, incluso, suponer penas más altas que las anteriores en algunos delitos. Por ejemplo, la norma incorpora nuevos agravantes que antes no estaban contemplados, como que exista una relación de parentesco con la víctima de una violación (cerca del 80% de estos delitos se cometen por persona conocidas por la víctima).

Por otro lado, la ley del solo sí es sí contiene nuevos delitos que antes no estaban expresamente contemplados (como el acoso callejero) que no se denunciaba porque no tenían prácticamente castigo judicial y que ahora sí los tienen. Así, algunos juristas defienden que ahora las penas son más altas que con el Código anterior.

¿Se están rebajando las penas a todos los condenados por violación?

No. Pero los datos son difíciles de conocer. Lo que se suele contar en la mayoría de los medios de comunicación es que se han puesto en libertad cerca de una veintena de condenados y que se han rebajado unas 300 condenas. Sin embargo, este último número no correspondería sólo a las revisión de condenas (es decir, aquellos que ya estaban juzgados y cumpliendo una pena), sino que podría incluir también las sentencias posteriores en las que los juzgados afirman que se ha aplicado la norma porque es más beneficiosa para el reo, según explica Europa Press.

¿A qué se debe la rebaja de condenas que se ha producido en los últimas semanas?

Nuestro ordenamiento jurídico estipula que, cuando se cambia el Código Penal, el reo tiene derecho a que se le aplique la norma más beneficiosa. Es de un derecho fundamental recogido en la Constitución y está recogido en el artículo 2.2 del Código Penal. Siempre que hay un cambio en el Código, se pueden revisar sentencias para saber si la nueva norma es más favorable. Esto lo pueden hacer el reo o, de oficio, los tribunales superiores.

Dicho esto, la revisión no se hace automáticamente; hay que ir caso por caso cotejando los hechos probados en la sentencia con la nueva norma. Algunas leyes (pero no todas) llevan incorporado un artículo transitorio, que regula de forma temporal cómo debe ser aplicada la ley con las situaciones que existían anteriormente. La ley del solo sí es sí no tiene tal artículo.

¿Hubiera solucionado el problema incluir un derecho transitorio en la ley?

En esto hay también discrepancias. Al calor de la rebaja de condenas, algunos juristas afirmaron que si la ley hubiera tenido un artículo transitorio que explicara cómo interpretar la norma con respecto a la anterior, hubiera clarificado la actuación de los tribunales. Otros expertos, en cambio, afirman que el Código Penal ya contiene una disposición transitoria (la quinta), que establece que, cuando la pena anterior pueda ser impuesta también con la nueva norma, no cabe revisarla a la baja. Algunos juristas afirman que esta disposición ya no está vigente, pero otros aseguran que sí. El pasado diciembre, el Ejecutivo realizó un cambio el Código Penal para reafirmar que esta disposición está vigente, incluyéndola en el preámbulo de la norma para intentar clarificar su aplicación en relación a la ley del solo sí es sí.

¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre cómo se debe aplicar la ley?

El primer pronunciamiento del Tribunal Supremo fue dos meses después de la aprobación de la nueva ley, en el recurso de casación de dos futbolistas condenados a 3 y 4 años por la violación a una joven de 15 años (el conocido como caso Arandina). El TS elevó la pena a nueve años de prisión, uno menos de lo que marcaba la ley anterior. En esta sentencia, el Supremo dijo que era obligatorio para los jueces revisar las sentencias en aplicación de la ley del sólo sí es sí por ser «más favorable al reo».

Desde entonces, el Supremo se ha pronunciado en torno a una docena de sentencias de casación, dibujando una jurisprudencia que rebaja las condenas de los agresores cuando fueron sentenciados por la mínima pena impuesta con arreglo a la ley anterior. Mientras, las condenas intermedias y máximas no son rebajables para el Supremo. Hay que recordar, sin embargo, que no se trata de revisiones de condenas, sino de revisar las penas de otros tribunales inferiores y que el Supremo no puede tocar de las sentencias los hechos probados.

Así, el Supremo rebajó en un año la condena a un individuo que había agredido
sexualmente a su sobrina de 8 años y que había sido condenado a 13 años y medio de prisión. Antes de la reforma penal, esa pena era la mínima dentro de la horquilla de penas para el delito de abusos continuados, por lo que los magistrados del Supremo impusieron la mínima correspondiente a la ley actual: doce años y medio. Sin embargo, no redujo la condena a un hombre que violó durante años a su propia hija, dejándola embarazada, porque la condena fue de 15 años, el mismo máximo penal que contempla la nueva ley.

¿Todas las rebajas de condenas que se han producido están justificadas?

Aparentemente no, a tenor de los recursos que el Ministerio Fiscal ha interpuesto contra rebajas de condenas a agresores sexuales, según fuentes de la Fiscalía General. Victoria Rosell, la delegada del Gobierno contra la violencia de género, en una rueda de prensa a mediados de noviembre pasado dijo que las rebajas se debían a «errores judiciales claros en una aplicación precipitada, sin calma, sin reflexión, de forma automática y sin una buena lectura de la ley».

También se refirió a este asunto el presidente del TSJ de la Rioja, Javier Marca, en una entrevista a Público, cuando dijo que «ha habido una interpretación errónea» en algunas audiencias provinciales que se limitaron a hacer una rebaja aritmética en las condenas de los agresores sexuales, como los jueces de Madrid, en virtud de la legislación más beneficiosa al reo pero sin tener en cuenta si las penas revisadas se encontraban en las horquillas de penas de la nueva norma, en cuyo caso no cabría la rebaja, según la disposición transitoria quinta del Código Penal.

Por su parte, la Fiscalía General del Estado dio instrucciones a todos los fiscales para oponerse a las rebajas de las condenas a los agresores,
salvo cuando se revisen sentencias en las que la pena impuesta exceda de la que correspondería imponer en aplicación de la nueva ley.

¿Se puede frenar la revisión de penas a la baja?

No. Como se trata de un derecho fundamental recogido en la Constitución, no se puede evitar. Una vez que una ley es publicada en el Boletín Oficial del Estado se considera en vigor. Si se produce un nuevo cambio legal, como se está proponiendo ahora por parte del Partido Socialista, las medidas de esa ley podrán ser aplicadas de forma retroactiva a todos los delitos que hayan tenido lugar antes de la entrada en vigor de la nueva norma. Ésta sólo tendrá efecto para los delitos cometidos tras su entrada en vigor. Por tanto, cualquier medida que se ponga en marcha no tendrá efecto sobre las revisiones de penas.

¿Se trata de una ley del Ministerio de Igualdad?

La norma tenía dos ministerios coproponentes: el de Igualdad y el de Justicia. Pero la aprobación de los proyectos de ley corresponden al Gobierno de forma colegiada: se debaten y aprueban en el Consejo de Ministros. Previamente, el texto ha debido pasar por diversos órganos consultivos, cuya opinión es preceptiva, que emiten una valoración y recomendaciones que no son vinculantes. En todo ese proceso, el anteproyecto de ley es revisado por decenas de expertos legales para garantizar su correcto funcionamiento y una armonización de las penas si toca el Código Penal.

Una vez terminado este proceso, el texto vuelve al Consejo de Ministros que lo sanciona y envía a las Cortes para su debate, enmiendas y aprobación. Además, las leyes pasan por distintos ministerio (los que están concernidos).  Entre ellos el de Justicia, sobre todo si lo que se plantea son cambios en el Código Penal. Tal como afirma el Portal de Transparencia del Gobierno, este Ministerio es responsable, entre otras cosas, de «la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para el desarrollo del ordenamiento jurídico, especialmente en materia de derecho penal, civil, mercantil y procesal».

Esta norma estuvo, además, alrededor de diez meses tramitándose en el Congreso de los Diputados, bajo el escrutinio de diversos grupos políticos y expertos legales.

¿Por qué propone el PSOE una modificación de la ley?

Los socialistas proponen volver a la legislación anterior en cuanto a la división de «agresión sin violencia o intimidación» y «agresión con violencia». De esta forma, por ejemplo, para el tipo general de la ley del solo sí es sí, que impone de uno a cuatro años  de pena, los socialistas quieren regresar a la antigua de entre uno y cinco si hay violencia o intimidación o la víctima tiene anulada su voluntad. La propuesta del PSOE pasa por aumentar uno o dos años las penas para los casos con violencia, según constaba en la legislación anterior, para así frenar las reducciones de condenas a violadores ya sentenciados.

De ese modo, para una agresión con penetración, que ahora está en una horquilla de cuatro a 12 años, quedaría en una pena de entre seis y 12, justo como estaba antes de la ley del solo sí es sí.

Para Unidas Podemos esto significaría volver a la situación anterior en la que la víctima tenía que demostrar cuánto se resistió a la agresión sexual; un paso atrás, según los colectivos feministas. Pero desde la parte socialista del Gobierno insisten en que el «corazón de la ley», el consentimiento, no va a quedar afectado por la reforma que plantean.

¿Qué propone el Ministerio de Igualdad?

El Ministerio de Igualdad considera que reintroducir el concepto de violencia e intimidación en el Código Penal supone desvirtuar la ley del solo sí es sí y que el consentimiento deje de ser el eje de la norma. Por eso rechazan tajantemente la propuesta socialista y acusan a sus socios de Gobierno de haber sucumbido a las presiones de los sectores más conservadores. Por ello, Igualdad propone no tocar la ley. El Ministerio considera que la norma aún no se ha podido poner en práctica plenamente; para ello, proponen un decálogo de medidas urgentes de actuación que implemente la norma.

El departamento de Irene Montero afirma que desde el mes de diciembre están trabajando con Justicia, al que han presentado tres propuestas de cambios penales que el ministerio Pilar Llop ha desechado. Entre ellas, una que este lunes la secretaria de Estado de Igualdad afirmaba que estaban dispuestas a asumir, que supone incrementar alguna de las penas mínimas en los delitos más graves; pero en ningún caso reintroducir en el Código Penal la violencia y la intimidación, porque desvirtuaría toda la norma y supondría un calvario para las mujeres.

Familias de la oligarquía se embolsan millones de euros en ayudas agrarias para sus cotos de caza

Diez de las principales y más destacadas fincas cinegéticas, propiedad de apellidos como Finat, Abelló, Aristain o Botín, se llevaron 6,2 millones de euros en subvenciones públicas de la PAC y autonómicas.

Un cazador camina con su escopeta durante el inicio de la media veda en Valladolid, Castilla y León.

Un cazador camina con su escopeta durante el inicio de la media veda en Valladolid, Castilla y León.  Pablo Requejo / EUROPA PRESS

El sector cinegético ha recibido cuantiosas subvenciones en forma de ayudas agrarias en los últimos años. A través de fondos de la Política Agraria Común (PAC) y de otras ayudas autonómicas de orden agropecuario, los diez principales cotos de caza, los más conocidos y famosos del país, han recibido al menos 6,2 millones de euros entre 2019 y 2022, según los datos oficiales recabados por el partido animalista PACMA a los que ha accedido Público.

Destaca, entre todas las empresas del sector cinegético, la del coto asentado en la finca de El Castañar, afincada en Mazarambroz, Toledo, y gestionada por los hermanos José María y Rafael Finat. En los últimos cuatro años, este asentamiento donde se comercializa la caza mayor y menor, ha recibido ayudas públicas por valor de 2,4 millones de euros. El grueso de las subvenciones son ayudas de la PAC concedidas desde la Dirección General de Política Agraria Común, además de algún apoyo puntual desde la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), adscrita al Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca.

La otra finca que más ayudas ha recibido en el último año es La Garganta (Ciudad Real), también afincada en Castilla-La Mancha, que es la segunda región de España con más hectáreas destinadas a cotos de caza después de Andalucía. Esta empresa cinegética pertenece a Hugh Grosvenor, duque de Westminster, y obtuvo 1,4 millones de euros divididos en numerosas resoluciones de parte de varios organismos autonómicos: Dirección General de Agricultura y Ganadería, Dirección General de Políticas Agroambientales, Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad o la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales.

En la comunidad castellano-manchega destacan otras fincas como la de La Dehesa del Lobillo (Ciudad Real), que ha recibido 753.090 euros y que es propiedad del empresario Juan Abelló ; o El Castaño (Ciudad Real), una propiedad de la familia Botín que se llevó 242.250 euros entre 2018 y 2022.

En la provincia de Cáceres, aparecen también dos cotos importantes que han sido respaldados con lujos de dinero público. Por un lado, el centro cinegético de Valdepuercas, propiedad de José María Aristain, se ha beneficiado de 467.993 euros en los últimos cuatro años, la mayoría dinero proveniente de las ayudas europeas de la PAC que son otorgadas desde la Dirección de Política Agraria Comunitaria. El marqués de Valdueza, Alonso Álvarez de Toledo y Urquijo, por su parte, ha recibido en su finca cacereña de La Azagala 197.639 euros a través de los subsidios agrarios de Europa.

En Andalucía, destacan los cotos de Los Altarejos (Sevilla), propiedad de Carlos March, con 581.901 euros; Los Alarcones (Jaén), una propiedad de la empres ganadera Samuel Flores que percibió una cifra más baja de 29.529 euros; y Las Lomas (Cádiz), de la familia Mora Figueroa Domecq, con ayudas por valor de 102.625 euros. Por último, destaca la finca El Tochar, en València, que recibió 85.626 euros entre 2021 y 2022 de parte de la Agencia de Fomento y Garantía Agraria.

Desde el Partido Animalista critican abiertamente que el destino de dinero público vaya a parar a manos privadas que se lucran a través del maltrato y la violencia contra los animales y denuncian que la mayor parte de las subvenciones vayan a parar a manos de aristócratas.

«La caza, además, es cruel con los animales, arcaica, innecesaria y, en muchos casos, contaminante. Ya que a día de hoy es imposible abolirla debido al gran peso del lobby, lo suyo sería que no se financiase públicamente. Quien quiera cazar, que se lo pague y se mantenga el negocio con recursos propios mientras pueda», zanjan desde la formación animalista.

Revelación documentada de Rusia: EEUU creó virus de COVID-19

Mujer manipula una sustancia en un laboratorio.

Con documentos, Rusia revela cómo a través de experimentos biológico-militares, Estados Unidos creó el virus que provocó la pandemia de la COVID-19

El jefe de las Tropas de Defensa Radiológica, Química y Biológica de las Fuerzas Armadas rusas, Ígor Kirílov, explicó el lunes que el Ejército ruso obtuvo más de 20 000 documentos y materiales sobre el programa estadounidense de armas biológicas en Ucrania durante la operación militar especial en curso en el país eslavo.

El mando castrense ruso aseguró que los programas y experimentos biológico-militares desarrollados por EE.UU. desde 2015, desempeñaron un papel clave para crear el virus de la COVID-19. Según relató, las investigaciones estaban a cargo de la organización no gubernamental EcoHealth Alliance, que recibía instrucciones de Washington relacionadas con los posibles efectos de los experimentos.

Los archivos revelan que la ONG investigaba desde hace casi ocho años poblaciones de murciélagos, con el objetivo de obtener nuevas cepas de coronavirus. De acuerdo con el funcionario ruso, se estudiaron cerca de 2500 especímenes de estos mamíferos.

Kirílov aseveró que los biotecnólogos trabajaban para aumentar las capacidades de contagio de los microorganismos. Así mismo, señaló que las instrucciones de las autoridades estadounidenses estaban encaminadas a obtener propiedades de transmisión o patogenicidad mejoradas.

El desarrollo de la pandemia COVID-19 en este escenario concreto plantea interrogantes sobre su naturaleza premeditada, la implicación de Estados Unidos en el incidente, así como sobre los verdaderos objetivos de los bioprogramas estadounidenses destinados a mejorar las propiedades de patógenos peligrosos”, sostuvo Kirílov.

 

El general indicó que posiblemente las empresas farmacéuticas estadounidenses desarrollaban las vacunas con anticipación. Sobre este punto, argumentó que no pudieron lanzarlas al mercado porque desconocían la especificidad del virus.

Además, advirtió de que, al ser descubierto, EE.UU. está reduciendo sus actividades militares y biológicas en Ucrania y las traslada a Polonia y los países bálticos.

La operación militar especial rusa en Ucrania, iniciada a finales de febrero, desveló la amplia colaboración encubierta entre Kiev y Washington para desarrollar componentes de armas biológicas en laboratorios cerca de la frontera rusa, lo que obligó al Gobierno ucraniano a ordenar la destrucción de patógenos en dichos centros, para que no saliera a la luz esa cooperación. Varios documentos publicados en marzo por Moscú indicaron que EE.UU. había invertido unos 32 millones de dólares en los laboratorios biológicos del Ministerio de Defensa de Ucrania en las ciudades de Kiev, Odessa, Lviv y Járkov.