La orden fija unas tarifas máximas de 65 euros por consultas de atención primaria; de 150 euros por primeras consultas; de 90 euros por consultas sucesivas, y de 215 euros por consultas de «alta resolución».
El presidente de la Junta, Juanma Moreno, durante su atención a medios en el Hospital Virgen de las Nieves de Granada, a 20 de enero de 2023. — Álex Cámara / EUROPA PRESS
«La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, regula la posibilidad de colaboración de sujetos privados en la prestación del servicio sanitario público a través de una doble vía, el concierto y los convenios de vinculación«, reza la orden elaborada por el Gobierno andaluz que abre la veda a la privatización de la sanidad pública.
Su publicación este jueves supone un antes y un después en la historia de la sanidad andaluza, ya que permitirá los conciertos con la empresa privada en atención primaria, estableciendo una serie de tarifas –que asumiría el Servicio Andaluz de Salud– por disponer de sus servicios.
En concreto, la orden tiene por objeto la tarifación de los convenios y conciertos que suscriba el Servicio Andaluz de Salud (SAS) con entidades, tanto públicas como privadas, para la prestación de la asistencia sanitaria –incluidos servicios de atención primaria– en centros sanitarios.
La orden, cuyo borrador ha generado en las últimas semanas críticas tanto desde los grupos parlamentarios de la oposición de izquierdas al Gobierno andaluz del PP-A como por parte de sindicatos del sector sanitario, incluye un anexo con las tarifas máximas que se fijan para los servicios sanitarios objeto de concierto y convenio.
El anexo incluye un bloque de procedimientos quirúrgicos que podrían ser objeto de conciertos, así como otro de pruebas diagnósticas, otro de estancias hospitalarias y otro de consultas, donde se fijan unas tarifas máximas de 65 euros por consultas de atención primaria; de 150 euros por primeras consultas; de 90 euros por consultas sucesivas, y de 215 euros por consultas de «alta resolución».
Asimismo, el SAS fija una tarifa máxima de 215 euros por día de hospitalización en planta que se concierte para estancias de uno a siete días de duración, de 150 euros diarios para las que se prolonguen de ocho a 30 días, y de 125 euros para las estancias de más de 30 días.
El importe máximo que se fija para un día de estancia en Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) es de 750 euros, y para estancias por casos agudos de salud mental se establecen tarifas máximas que oscilan entre los 200 y los 130 euros diarios según la duración de las mismas, en función de si se prolongan de uno a siete días, de ocho a 30 días o de más de 30 días.
Por otro lado, el anexo de la orden de tarifas también incluye precios por procedimientos de radioterapia y protonterapia, con importes máximos que oscilan entre los 42.000 euros que se contemplan para un tratamiento completo de protonterapia pediátrico con anestesia, y los 3.000 euros que el SAS podría pagar por concertar un tratamiento completo de radioterapia sin ingreso.