El Constitucional rechaza el recurso del PP contra la prohibición de desahuciar a gente vulnerable en el estado de alarma

La mayoría del pleno, con dos votos conservadores en contra, avala el real decreto-ley recurrido por el PP que suspendió los procesos de desahucio y lanzamiento de personas económicamente vulnerables y sin alternativa habitacional aunque hubiera un proceso penal abierto contra ellas

Manifestación contra los desahucios en una imagen de archivo Mariano Cieza Moreno / EFE

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso que el Partido Popular presentó contra la norma que el Gobierno aprobó durante lo peor de la pandemia para suspender los desahucios de la gente más vulnerable mientras estuviera en vigor el estado de alarma, aunque estuvieran incursos en un proceso penal por ocupación irregular. La mayoría del pleno, con dos votos conservadores en contra, entiende que la medida del ejecutivo central no vulneraba el derecho a la propiedad de los que instaban los desahucios y destaca que solo retrasaba los lanzamientos por “un breve lapso temporal” frente a las alegaciones del PP, que llegó a sostener en público que este real decreto-ley amparaba la ocupación ilegal de viviendas.

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La medida fue anunciada por el ejecutivo a finales de 2020, durante el primer año de la pandemia de COVID-19. Un real decreto-ley que fue modificado en marzo de 2021 y que, en la práctica, impedía ejecutar un desahucio o lanzamiento en casos de personas vulnerables sin algún tipo de alternativa habitacional. “El juez tendrá la facultad de suspender el lanzamiento hasta la finalización del estado de alarma”, decía esta norma sobre los casos que procedían de procesos penales.