La Conferencia Episcopal disfruta de un amplio número de privilegios en materia de impuestos. Según datos de la organización Europa Laica, el Estado perdería cerca de 2.000 millones de euros al año a raíz de esta situación.
«La Iglesia católica española es inmensamente rica, posee innumerables inmuebles rústicos y urbanos (algunos de los cuales son fruto de expolios), bienes mobiliarios, artísticos y suntuarios de todo tipo«. Así resume la situación un manifiesto lanzado por Europa Laica a finales de diciembre pasado y que en algo menos de tres meses ha recogido cerca de 43.000 apoyos. «El Estado le permite, injustificadamente, la opacidad de sus cuentas, patrimonio, así como de las operaciones y transacciones económicas y, además, vive en un paraíso fiscal ilegitimo y presuntamente ilegal«, añade el texto.
El portavoz de Europa Laica, Juanjo Picó, señala que la Iglesia disfruta de una «exención generalizada» de impuestos. «Declara lo mínimo, tributa lo mínimo, y además lo hace con una opacidad total», sostiene. «Esa opacidad se la aplicamos el Gobierno, que debe ser el garante de la fiscalidad pública y publicar estos datos de forma transparente«, remarca Picó.
Las exenciones fiscales en el ámbito eclesiástico están íntimamente ligadas a las inmensas cantidades de dinero que ese mismo mundo percibe por concepto del IRPF y que en la campaña de la renta de 2020 superaron los 300 millones de euros. «Cuando en 2007 la Comisión Europea obligó al Estado a cobrarle el IVA a la Iglesia, la Conferencia Episcopal dijo que salía perdiendo, y hubo que compensarla. ¿Cuál fue la compensación? La subida del 0,5% al 0,7% del IRPF. Menudo negocio hizo el Estado: la Iglesia estaba pagando 38 millones de IVA, mientras que por pasar del 0,5% al 0,7% capturó en ese año 68 millones de euros más«. «Pero eso no es todo: hay que tener en cuenta que ese diferencial se ha mantenido durante todos los años posteriores», subrayó.
Actualmente, las exenciones fiscales de la institución católica están amparadas en la ley de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo aprobada en 2002 y en la que se incluye a la Iglesia y al resto de «confesiones o comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado español» entre aquellas entidades que disfrutan de ese régimen especial.
De acuerdo a los datos publicados por la propia Conferencia Episcopal, esas exenciones alcanzan a los «donativos, las colectas, los rendimientos del patrimonio mobiliario (intereses, dividendos, etcétera) e inmobiliario (alquileres, etc.) y las plusvalías generadas por ventas de patrimonio», que no deben pagar el Impuesto de Sociedad.
Europa Laica estima que el Estado deja de ingresar cada año 2.000 millones de euros por esas exenciones
También están exentas «algunas actividades económicas de asistencia social, las prestadas en hospitales y colegios, las editoriales y librerías, las visitas culturales, la realización de cursos o conferencias, las actividades deportivas y aquellas cuyo importe no supere los 20.000 euros». En el caso del IBI, afecta a las «propiedades de la Iglesia en las que se llevan a cabo las actividades antes mencionadas». Del mismo modo, «las instituciones de la Iglesia quedan exentas de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales«, entre otros. Europa Laica estima que el Estado deja de ingresar cada año 2.000 millones de euros por esas exenciones.
«La ley de mecenazgo supera por mucho a los acuerdos con el Vaticano, que sirven de suelo mínimo. El matiz es que la ley de mecenazgo podría quitarse mañana, pero los acuerdos, que tienen un trámite diferente, permanecerían«, afirma Picó, quien subraya que en el Concordato vigente con la Santa Sede «existe un mecanismo de compensación», por lo que «cualquier cambio legislativo que pueda perjudicar fiscalmente a la Iglesia debe ser compensado de alguna manera«, tal como ocurrió con el IVA y la subida de la asignación vía IRPF. «Por esos acuerdos, la Iglesia tiene al Estado cogido por el cuello», afirma el portavoz de Europa Laica.
«No hay ninguna organización que tenga el número de propiedades inmobiliarias que dispone la Iglesia»
«Prácticamente todos los beneficios fiscales vienen de esa equiparación al régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro», señala a Público Carlos Cruzado, presidente del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). «La diferencia entre sus beneficios y el de resto de entidades –continúa– es que no hay ninguna organización que tenga el número de propiedades inmobiliarias que dispone la Iglesia».
Inmuebles sin impuestos
Ahí entra en cuestión el capítulo del IBI. Cruzado alude precisamente a esa «exención que tienen en los arrendamientos» y que implica que exista «una cantidad de edificios arrendados por la Iglesia a empresas comerciales que no tributan por IBI, debido a que la Ley de Fundaciones exime del pago de ese impuesto IBI a todas aquellas actividades exentas del Impuesto de Sociedades». En esa línea, el responsable de GESTHA destaca que «están exentos los alquileres y también los rendimientos tanto de capital mobiliario como inmobiliario».
Estos aspectos han sido criticados en reiteradas ocasiones por organizaciones cristianas de base, un ámbito en el que hay permanentes cuestionamientos hacia tales privilegios. En esa línea, la comisión de laicidad del colectivo Cristianas y Cristianos de Base de Madrid (CCBM) advirtió en un documento publicado en marzo de 2020 que «ni los inmuebles destinados al culto ni los otros inmuebles pagan impuestos, a pesar de que en muchos casos la Iglesia obtiene beneficios importantes por actividades lucrativas diversas, por inversiones financieras o por ingresos de visitas turísticas, como la Mezquita de Córdoba y otras».
«Ningún privilegio»
En la página web dedicada a publicitar sus campañas de la renta, la Conferencia Episcopal se defiende de esas críticas, al tiempo que rechaza tajantemente que cuente con algún tipo de «privilegio». «El Acuerdo de 3 de enero de 1979 entre la Santa sede y el Estado Español establece el compromiso del Estado de colaborar con el adecuado sostenimiento de la Iglesia católica«, recuerda.
En el apartado titulado «Desmontando mitos sobre la Iglesia», defiende además que «ni las ONG, ni otras asociaciones, fundaciones, instituciones ni las otras confesiones pagan el IBI. Eso es así por la Ley de Mecenazgo que se aprobó en 2002. Esta Ley reconoce que hay multitud de asociaciones, instituciones, o fundaciones que realizan una gran labor que beneficia a toda la sociedad y de esta manera, el Estado las apoya no cobrando el IBI. Como ves, la Iglesia no tiene ningún privilegio. No hay ningún régimen especial, único o distinto para la Iglesia».