La Audiencia Nacional sanciona a Solidaridad por denunciar a CCOO, UGT y varios sindicatos de SEAT pidiendo 15.000 euros porque su delegado no pudo votar en una consulta interna de un sindicato ajeno sobre las negociaciones del convenio colectivo.
Abascal y Ortega Smith escoltan al líder del sindicato Solidaridad en una manifestación contra el GobiernoEl 1 de mayo de 2021, día internacional de los trabajadores, Santiago Abascal presentó el nuevo sindicato ligado a Vox. Se llamaba ‘Solidaridad’ y su objetivo, según afirmó desde un atril en la plaza madrileña de Conde de Casal, era combatir a los sindicatos “corruptos y de clase”. En las últimas semanas, la Audiencia Nacional ha multado a este sindicato de Vox al entender que actuó con “temeridad” en una denuncia contra los sindicatos de clase de SEAT: los jueces les acusan de buscar “una injerencia en la actividad sindical interna” y de incurrir en “un ejercicio arbitrario y no fundamentado del derecho a la tutela judicial que debe ser sancionado”.
El sindicato vinculado a la ultraderecha se constituyó dentro de SEAT en febrero de 2022 con un delegado al frente. Para entonces los sindicatos llevaban varios meses negociando un nuevo convenio colectivo, llegando a un preacuerdo en junio de ese año. Un preacuerdo que los dos sindicatos de clase mayoritarios en la empresa, CCOO y UGT, decidieron someter a votación de sus afiliados. La consulta vinculante, llevada a cabo en julio de ese mismo año, obtuvo una acogida favorable de más del 70% de los afiliados.
Ese día una persona se acercó a las mesas pero no pudo votar porque no estaba afiliada ni a Comisiones Obreras ni a la Unión General de Trabajadores. Era el delegado del sindicato Solidaridad, que entendió que no poder votar en una consulta interna de otro sindicato perjudicaba no solo sus derechos sino el de todos los trabajadores de SEAT no sindicados, y llevó el caso ante la Audiencia Nacional. No solo denunció a CCOO y a UGT, sino también a la Confederación General del Trabajo (CGT), al Sindicato de Trabajadores SEAT-USO y a la propia compañía. Y pedía una indemnización de 15.000 euros.
Las primeras dudas sobre la demanda surgieron nada más ponerse en marcha el proceso. La sala de lo social de la Audiencia Nacional pidió al sindicato vinculado a Vox que acreditara su nivel de implantación en el territorio, el sector o la empresa, o al menos el porcentaje de trabajadores a los que representaba, un requisito necesario para plantear este tipo de procesos judiciales. La respuesta de Solidaridad fue que representaba “a todos los trabajadores de la empresa que no estando afiliados ni a CCOO ni a UGT, no pudieron votar en el referéndum convocado por ambas centrales sindicales sobre el preacuerdo de convenio colectivo, y que constituyen un grupo genérico e indeterminado”.
Esta es la razón que ha llevado a la Audiencia Nacional a rechazar de plano la demanda sin entrar ni siquiera a examinar el fondo del asunto. Como mucho, dicen los jueces, el sindicato de Vox ha acreditado que en Seat tiene dos afiliados: el delegado y el secretario. “No ha desplegado ni la más mínima actividad probatoria que le hubiera permitido acreditar el número de afiliados o el porcentaje de afiliación que tiene en el ámbito de la empresa SEAT SA, lo que no le debería haber resultado muy difícil, sin necesidad de haber aportado una relación nominal, siendo suficiente una exposición cuantitativa”, reprochan los jueces.
Dos afiliados, sigue la sentencia, constituye un número que en una empresa como SEAT “no puede constituir un porcentaje relevante que permitiera apreciar la implantación” del sindicato. Tampoco participó en la negociación del convenio junto con el comité intercentros, recuerdan los jueces, donde no hay miembros de Solidaridad y que arrancó meses antes de la llegada del sindicato a la empresa.
Multa de 1.000 euros por temeridad
Los sindicatos de clase demandados y la propia empresa pedían que Solidaridad fuera multado por temeridad al haber pedido 15.000 euros por no poder participar en una consulta interna de un sindicato ajeno. Y los jueces aceptan imponer una multa recurrible de 1.000 euros al entender, en primer lugar, que no era muy difícil de entender que no le dejaran votar: “Resulta a todas luces algo lógico que sólo los afiliados puedan votar en una consulta interna de dos sindicatos”, explican.
La doctrina que exige algún tipo de implantación a un sindicato para iniciar este tipo de demandas judiciales, dice la Audiencia Nacional, es sobradamente conocida desde hace 30 años y que Solidaridad debía “ser conocedora” de ella. Se sorprende incluso el tribunal de lo social de que, cuando se pidió una justificación sobre el interés colectivo que decían defender con esta demanda, aportaron sentencias que “dicho sea, se refieren no a la legitimación sino a la existencia de un conflicto colectivo”.
Hay temeridad también, dice la Audiencia Nacional, porque era una demanda infundada, presentada incluso contra sindicatos que no tenían nada que ver con la consulta de CCOO y UGT. “Es tan infundada la demanda que, en un planteamiento hipotético, si esta Sala admitiese que se está lesionando la libertad sindical de un no afiliado al que no le permiten votar en una consulta para afiliados, estaríamos seguramente incurriendo en una injerencia en la actividad sindical interna de los sindicatos convocantes, que lesionaría su derecho fundamental”, reprocha la sentencia al sindicato vinculado directamente a Vox.
La demanda de Solidaridad, zanja la Audiencia Nacional, fue un “ejercicio arbitrario y no fundamentado del derecho a la tutela judicial” que merece una sanción de 1.000 euros. Una sanción que se impone teniendo en cuenta, explican los jueces, no solo todos estos argumentos sino que llegó a involucrar a cuatro sindicatos y a la propia empresa.