El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que convierte a España en el primer país de la Unión Europea con sistemas de videovigilancia obligatorios para el control del bienestar animal.
Así, los grandes mataderos tendrán un año, y los pequeños, dos, para colocar cámaras y sistemas de videovigilancia en sus instalaciones una vez haya entrado en el BOE el real decreto. Además, los responsables de los mataderos deberán guardar las imágenes grabadas para posibles comprobaciones a posteriori. «El objetivo es garantizar el bienestar animal durante la descarga, el traslado, la estabulación y el aturdimiento de los animales, y mejorar las garantías de seguridad alimentaria para los consumidores», explican desde el ministerio que dirige Alberto Garzón, que ha pilado la nueva regulación junto a Agricultura y Derechos Sociales.
Según la nueva normativa, que coloca a España como pionera en esta materia, las cámaras de videovigilancia deberán abarcar, como mínimo, las instalaciones en las que se encuentren animales vivos. Se incluyen las zonas de descarga, los pasillos de conducción y las zonas donde se realicen a las actividades de aturdimiento y sangrado.
En el caso de desolladores de aves y porcinos, la instalación de las cámaras deberá permitir la grabación del escaldado para poder comprobar que no se someten a esta operación animales que presenten signos de vida.
Vigilar y disuadir
La obligatoriedad de que los mataderos contasen con sistemas los sistemas era era una reivindicación constante de las asociaciones animalistas, que ahora celebran la norma. «Es un éxito», dice a Público Alberto Díez, director de la Asociación Nacional para la Defensa de los Animales (ANDA). «Es pionero y novedoso que vaya a ser obligatorio por ley», asegura.
Diéz señala que esta normativa mejorará los mecanismos de control en «un punto fundamental» como son los mataderos, no solo para garantizar el bienestar animal sino también para la seguridad alimentaria y la calidad del producto animal. «Tiene una parte disuasoria porque el hecho de que un trabajador sepa que su desarrollo laboral esté grabado hace que aplique la máxima responsabilidad en su trabajo», subraya.
El texto establece que las cámaras tendrán que colocarse de forma que su funcionamiento respete la intimidad de los profesionales en los mataderos y solo se situarán en los lugares de trabajo justificados. No se estarán en vestuarios, comedores, baños o estancias análogas. Aseguran desde el ministerio de Consumo que, tanto Trabajo, como la Agencia Española de Protección de Datos(AEPD), han participado en la elaboración de esta normativa que «cumple con los derechos de los trabajadores en cuanto a su intimidad y protección de datos».